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MANIFIESTO A LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y AL PUEBLO LOJANO

Actualizado: 28 abr 2021

El Tribunal Electoral Estudiantil 2008, de la Universidad Nacional de Loja, en cumplimiento a su deber ético y en evidente acto de transparencia, manifiesta a la comunidad universitaria y al pueblo lojano, por el respeto que se merecen y por esta única oportunidad, aspectos relacionados con los recursos interpuestos por el Movimiento Solidaridad por una Nueva Universidad, Sunu, ante su descalificación y no participación en el proceso electoral cumplido en nuestra institución, para la renovación de los comités ejecutivos de los organismos estudiantiles FEUE, LDUa. y AFU.

Como es de dominio general, el Tribunal Electoral Estudiantil, luego de brindar todas las facilidades para que el movimiento Sunu inscriba sus listas de candidatos otorgando los plazos que establece el Reglamento de Elecciones Estudiantes; con fecha 15 de diciembre de 2008, notificó al señor Frank Editson Castillo Ramírez con la no calificación de las listas del movimiento al que representa dicho estudiante, en razón de encontrarse incompleta la documentación requerida para los participantes en este proceso y sobre todo, por la falta del número de firmas de respaldo establecidas en el articulo 20 del mencionado Reglamento, que dispone acompañar a las listas un 10% de adhesión del total de estudiantes de la modalidad presencial de la Universidad Nacional de Loja.

En su debida oportunidad, el Tribunal hizo público que el movimiento estudiantil Sunu en las firmas de respaldo a sus candidaturas presentaba anormalidades tales como: números de teléfono celular en vez de números de la cédula de ciudadanía, firmas falsificadas, firmas de personas ajenas a la institución, entre otras adulteraciones.

Esto motivó para que entre otras personas, el señor Frank Editson Castillo Ramírez, representante del movimiento Sunu, en forma irresponsable y aleve, utilizando los diversos medios de comunicación de la ciudad, lance una serie de ataques a la honra y dignidad de la Universidad Nacional de Loja, de sus autoridades; y, particularmente, de los miembros del Tribunal Electoral Estudiantil, por lo que deberá responder en su debida oportunidad y ante los jueces pertinentes.

En el colmo del absurdo jurídico, el señor Castillo Ramírez, presenta una Acción de Protección, amparado en el articulo 88 de la actual Constitución, recurso que es tramitado en el Juzgado Tercero de lo Penal de Loja.

Con fecha 6 de enero de 2009, el Dr. Humberto Aguilera Jaramillo, Juez Tercero de lo Penal de Loja, luego de un amplio análisis fundamentado en Derecho y de conformidad con el marco jurídico vigente, se pronuncia rechazando la Acción de Amparo deducida por el representante del Sunu, ordenando que una vez ejecutoriada esta resolución sea remitida a la Corte Constitucional para el desarrollo de su jurisprudencia En su argumentación, el señor Juez, entre otros aspectos, destaca que el Reglamento de Elecciones Estudiantiles impugnado fue tácitamente aceptado reconocido por el Sunu, por lo que resulta forzado se pretenda desconocer tal Reglamento y echar abajo el proceso electoral. En cuanto a la reclamación de inconstitucionalidad del 10% de firmas de respaldo a las listas, el señor Juez, señala que una cosa es la organización misma del Estado en la que se requiere que las organizaciones políticas para las elecciones generales cuenten con el 1.5% del respaldo; y otra, son las entidades de derecho privado que, en el caso de la FEUE de Loja, conforme la propia parte que formula la Acción de Protección, durante 40 años ha mantenido este requisito del 10%, situación que al decir del Juez, bajo ningún punto de vista la torna inconstitucional En otra de sus reflexiones, el Juez Tercero de lo Penal de Loja, sostiene que al movimiento Sunu le faltó previsión en presentar el número de respaldos superior al requerido en el Reglamento, con el fin de contar con los suficientes, en el evento de que algunos sean anulados, como efectivamente ocurrió. Asimismo, destaca que tampoco es gravitante el hecho de que los integrantes del Tribunal Electoral sean militantes del Frente de Izquierda Universitario, porque esto obedece al libre juego democrático que se da en un colectivo Finalmente, el Dr. Humberto Aguilera Jaramillo, dice que frente a esta realidad procesal, en las elecciones estudiantiles llevadas a efecto el 19 de diciembre de 2008, en la Universidad Nacional de Loja, no se ha vulnerado ningún derecho constitucional ni ningún precepto contemplado en Tratados o Convenios Internacionales ratificados por el Ecuador, y mucho menos los aludidos por el actor. De esta manera, queda al descubierto: la absoluta honestidad con la que ha actuado el Tribunal Electoral Estudiantil; y, las verdaderas intenciones de quienes quieren acanallar a la Universidad Nacional de Loja.

Loja, 13 de enero de 2009.

TRIBUNAL ELECTORAL ESTUDIANTIL 2008

UNIVERSIDAD NACIONAL DE LOJA






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